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Secretaría de Finanzas y Tesorería |
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Lic. Raul Jiménez Cárdenas |
Secretario de Finanzas y Tesorería |
| Directo:2633240 Ext.3240 |
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SECRETARIO DE FINANZAS Y TESORERIA
LIC. RAÚL JIMÉNEZ CARDENAS |
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DIRECTOR DE INGRESOS
LIC. NESTOR GARCIA LUNA |
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DIRECTOR DE PREDIAL Y CATASTRO
GUILLERMO JAVIER GUERRA MACIAS
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DIRECTOR SANIDAD Y ALCOHOLES
OSCAR SALINAS DÁVILA |
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DIR. DE CONTABILIDAD Y PRESUPUESTO
C.P. JOSÉ LUIS MONTOYA RAMÍREZ |
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DIR. DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA
LIC. EVEN S. GARZA LONGORIA |
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| Funciones: |
La Secretaría de Finanzas y Tesorería es la dependencia encargada de recaudar, distribuir y controlar los fondos públicos municipales, contando con las facultades y obligaciones que impone el Código Municipal, la legislación fiscal del Estado y otras leyes y disposiciones de carácter municipal, entre las que se encuentran las siguientes atribuciones:
I.- Proponer al Presidente Municipal y al R. Ayuntamiento cuantas medidas sean conducentes a los cobros municipales, haciendo las observaciones que estime convenientes.
II.- Formular el reglamento interior de la oficina, detallando en él, los deberes y facultades de los empleados de la misma, sujetándolo a la aprobación del R. Ayuntamiento.
III.- Cuidar que las multas impuestas por las autoridades municipales, ingresen a la tesorería.
IV.- Realizar con el Primer Síndico las gestiones oportunas en los asuntos que tenga interés el erario municipal.
V.- Elaborar y proponer al R. Ayuntamiento los proyectos de leyes, reglamentos y demás disposiciones que se requieran para el manejo de los asuntos tributarios del municipio.
VI.- Recaudar los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos que correspondan al municipio de conformidad con la ley de ingresos municipales, así como las participaciones que por ley o convenio le corresponda este en los impuestos federales y estatales.
VII.- Planear y proyectar los presupuestos anuales de ingresos y egresos del municipio y presentarlos al R. Ayuntamiento a través del Presidente Municipal.
VIII.- Formular mensualmente el estado, origen y aplicación de los recursos municipales.
IX.- Ejercer el presupuesto de egresos y efectuar pagos de acuerdo a los programas y presupuestos aprobados.
X.- Organizar y llevar la contabilidad del municipio.
XI.- Administrar los rastros, mercados y panteones municipales.
XII.- Intervenir en los juicios de carácter fiscal que se ventilen ante cualquier tribunal, cuando tenga interés de la hacienda pública municipal.
XIII.- Efectuar auditorías a causantes y garantizar el interés fiscal municipal.
XIV.- Pagar la nómina del personal que labora para el municipio.
XV.- Las demás que señalen las leyes y reglamentos vigentes.
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| Para cumplir con estas disposiciones, el Secretario contará con el apoyo de las siguientes direcciones y con aquellas que el Presidente Municipal estime convenientes, con las siguientes atribuciones: |
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Dirección de Ingresos
1.1.- Proponer al Secretario cuantas medidas sean conducentes para el buen orden, control y mejora de los cobros municipales, haciendo las observaciones que estime convenientes.
1.2.- Cuidar que las multas impuestas por las autoridades municipales ingresen a la tesorería.
1.3.- Proponer al Secretario los proyectos de las Leyes, Reglamentos y demás disposiciones que se requieran, para el manejo de los asuntos tributarios del Municipio.
1.4.- Recaudar en coordinación con la Dirección de Predial y Catastro, los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos que correspondan al Municipio, de conformidad con la Ley de Ingresos Municipales, así como las participaciones que por ley o convenio le correspondan a éste, en la recaudación de impuestos Federales y Estatales.
1.5.- Coadyuvar con la Secretaría, en la planeación y proyección de los presupuestos anuales de ingresos y egresos a fin de que se presenten al Republicano Ayuntamiento, a través del Presidente Municipal y de la Honorable Comisión de Hacienda, Presupuesto y Gasto Público del R. Ayuntamiento.
1.6.- Supervisar el cobro de ingresos a las arcas, en los rastros, mercados y panteones municipales, cuando éstos fueren administrados por el R. Ayuntamiento.
1.7.- Formular mensualmente el estado de origen y aplicación de los recursos municipales.
1.8.- Intervenir en los juicios de carácter fiscal que se ventilen ante cualquier tribunal, cuando tenga interés la Hacienda Pública Municipal en coordinación con el área jurídica del Municipio.
1.9.- Llevar al corriente el padrón fiscal municipal y practicar revisiones y auditorias a causantes conforme a las leyes y reglamentos.
1.10.- Ser responsable de efectuar los procedimientos de ejecución fiscal, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.
1.11.- Administrar los rastros, mercados y panteones municipales, en el caso en que fueren administrados por el Republicano Ayuntamiento.
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Dirección de Contabilidad y Presupuesto
2.1.- Coadyuvar con la Secretaría en la planeación y proyección de los presupuestos anuales de ingresos y egresos y presentarlos al R. Ayuntamiento, a través del Presidente Municipal y de la
Honorable Comisión de Hacienda, Presupuesto y Gasto Público del Republicano Ayuntamiento.
2.2.- Organizar y llevar la contabilidad del Municipio.
2.3.- Efectuar el pago de nómina del personal que labora para el Municipio, una vez que es autorizada por la Secretaría de Servicios Administrativos.
2.4.- Integrar correctamente el expediente de todos y cada uno de los egresos del municipio.
2.5.- Formular la cuenta pública de la Administración Pública Municipal.
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Dirección de Predial y Catastro
3.1.- Recaudar en coordinación con la Dirección de Ingresos, los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos que correspondan al Municipio, de conformidad con la Ley de Ingresos Municipales.
3.2.- Llevar al corriente el padrón fiscal municipal y practicar revisiones y auditorias a causantes conforme a las leyes y reglamentos.
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Dirección de Inspección y Vigilancia
4.1.- Implementar sistemas para el reordenamiento y mejoramiento de todo el comercio que se encuentra operando en la vía pública, o en áreas municipales.
4.2. Vigilar que todo el comercio que opera en la vía pública, cuente con el permiso correspondiente y esté realizando su pago como lo marca la ley de ingresos.
4.3.- Efectuar inspección constante en mercados y tianguis municipales y conocer las necesidades de dichos predios.
4.4.- Expedición de licencias de operación de los tianguis y mercados municipales.
4.5.- Cobro de impuestos de uso de la vía pública.
4.6.- Permisos para eventos especiales y en áreas municipales.
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Dirección de Sanidad y Alcoholes
5.1.- Realizar Inspecciones, clausuras y sanciones a establecimientos expendedores de bebidas alcohólicas, conforme al convenio Estado-Municipio.
5.2.- Vigilar, controlar mediante exámenes médicos y tomar las medidas necesarias, para evitar la proliferación de enfermedades de transmisión sexual.
5.3.- Realizar la inspección y verificación de establecimientos que requieren la constancia de aprobación del Municipio para obtener la licencia de alcoholes.
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Dirección de Egresos
6.1.- Realizar la revisión, registro y pago a proveedores y prestadores de servicios, dentro del rubro de gasto corriente y afectaciones a la cuenta bancaria de Tesorería.
6.2.- Realizar la revisión, registro, control y supervisión de pagos de Obra Pública realizada con fondos federales, así como, la obra directa o municipal.
6.3.- Llevar el registro y control presupuestal, previniendo sobregiros en los capítulos y partidas de gastos, planteando mediante un proyecto posibles ampliaciones y/o transferencias al presupuesto autorizado.
6.4.- Registrar y realizar el pago de servicios personales, así como, las nóminas quincenales, incluyendo el impuesto sobre producto del trabajo.
6.5.- Elaboración, contabilización y registro de cheques, así como, la elaboración de conciliaciones bancarias.
Teniendo la Secretaría y sus diferentes Direcciones, las facultades y obligaciones que las leyes federales, estatales, municipales, reglamentos, normas, manuales y demás disposiciones administrativas les confieran. |
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| FORTAMUN 2009 |
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| Informe 1er Semestre FORTAMUN 2009 |
| Informe 2do Semestre FORTAMUN 2009 |
| Informe Obra 1er Semestre FORTAMUN 2009 |
| Informe Obra 2do Semestre FORTAMUN 2009 |
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