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Transparencia (IMTAI)
 
 
Secretaría del Ayuntamiento
Lic. Miguel Angel García Ahedo
Secretario del Ayuntamiento
Directo:2633220 Ext.3220
 
   


SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
LIC. MIGUEL ANGEL
GARCÍA AHEDO

   

DIRECTOR JURÍDICA
LIC. TRINIDAD RAMÍREZ PÉREZ

DIRECTORA ARCHIVO MUNICIPAL
QUIMICA ALICIA DE LEÓN PEÑA

DIRECTOR DE GOBIERNO
LIC. JUÁN TRIANA MÁRQUEZ

U. DE APOYO PARA LA REG. DE TENENCIA DE LA TIERRA
C.P. JOSE  LUIS AMARO CARRIZALES

 
DIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL
LIC. JOSÉ  ANTONIO LAMARQUE NASAR
 

DIR. DE ENLACE CON LA S. DE REL. EXTERIORES
LIC. LITHA DEL CARMEN GARZA PEÑA

 

DIR. DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS
ARTURO MALDONADO
RODRÍGUEZ

 
Funciones:

DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO  
Artículo 17.
La Secretaría del Ayuntamiento estará a cargo de un Secretario quien tendrá además  las facultades y obligaciones que le señale el Código Municipal del Estado de Tamaulipas y Disposiciones jurídicas aplicables, las siguientes:
I.- Asistir a las sesiones del R. Ayuntamiento con voz informativa y formular las actas al terminar cada una de ellas en el libro respectivo.
II.- Proporcionar asesoría jurídica a todas las dependencias de la Administración Pública Municipal.
III.- Compilar los ordenamientos jurídicos vigentes del municipio y vigilar que se apliquen y cumplan.
IV.- Organizar y controlar el ejercicio de las funciones de la Junta Municipal de Reclutamiento.
V.- Organizar y controlar el ejercicio de las funciones de la Dirección de Patrimonio Municipal.
VI.- Organizar, dirigir y vigilar el ejercicio de las funciones de los jueces calificadores.
VII.- Armonizar las relaciones de la Presidencia Municipal con la comunidad en general y los organismos representativos.
VII.- Proponer al Ayuntamiento la actualización o reformas en su caso, de los reglamentos que
Rigen al municipio.
VIII.- Organizar y controlar la correspondencia oficial y el archivo municipal e histórico, vigilando que en este último se cumplan las disposiciones legales de orden federal, estatal y municipal.
IX.- Certificar todos los documentos oficiales expedidos por el R. Ayuntamiento, sin cuyo requisito no serán válidos.
X.- Dar a conocer a todas las dependencias del municipio los acuerdos del H. Cabildo.

XI.- Registrar y certificar las firmas de los titulares de las dependencias municipales.

XII.- Coordinar y vigilar, por orden del Presidente Municipal, las delegaciones y colonias que existen en la ciudad.
XIII.- Firmar, junto con el Presidente Municipal, los nombramientos, licencias y remociones de los servidores públicos ratificados por el Ayuntamiento.
XIV.- Organizar, supervisar y controlar la Oficina Municipal de Relaciones Exteriores de acuerdo al convenio de coordinación celebrado con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
XV.- Autorizar con su firma las actas, acuerdos, documentos y demás disposiciones administrativas, que emanen del Ayuntamiento o del Presidente, sin cuyo requisito no serán validados.
XVI.- Las demás que señalen las leyes y reglamentos vigentes.
Para cumplir con estas disposiciones, la Secretaría contará con el apoyo de las siguientes direcciones y con aquellas que el Presidente Municipal estime convenientes, con las siguientes atribuciones.
 

Dirección Jurídica
1.1.- Apoyar al Municipio en todos aquellos actos de orden legal, defendiendo sus Intereses;
1.2.- Asesorar y apoyar jurídicamente al R. Ayuntamiento, a las Secretarías y a  las Direcciones que lo soliciten;
1.3.- Cubrir las ausencias del Secretario del Ayuntamiento; e

1.4.- Intervenir en auxilio de los síndicos, en los juicios en que el R. Ayuntamiento o sus autoridades sean parte y apoyarlos en el desarrollo de sus labores.

Dirección de Patrimonio Municipal
2.1.- Organizar y controlar el ejercicio de las funciones de las unidades administrativas encargadas del control del Patrimonio Municipal, y
2.2.- Coordinar la formulación, control y actualización del Inventario de los bienes patrimoniales del Gobierno Municipal.

Dirección de Archivo Municipal
3.1.- Custodiar el archivo documental, así como coordinar la elaboración de la publicación y difusión de la Gaceta Oficial del Gobierno del Municipio de Reynosa, Tamaulipas;
3.2.- Implementar estrategias de control, administración y conservación de la información pública municipal; y
3.3.- Organizar y controlar la correspondencia oficial y el Archivo Municipal e histórico, vigilando que en este último se cumplan las disposiciones legales de orden Federal, Estatal y Municipal.

Dirección de Enlace con la Secretaría de Relaciónes Exteriores
4.1.- Organizar, supervisar y controlar la Oficina Municipal de Relaciones Exteriores, de acuerdo al convenio de coordinación celebrado con la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Dirección de Gobierno
5.1.- Auxiliar a la Secretaría del R. Ayuntamiento en trámites de competencia federal. 5.2.- Apoyar las giras del Gobernador del Estado en el municipio.
5.3.- Atender a grupos en el programa línea directa y verificar el seguimiento correspondiente con las demás entidades de la Administración Pública Municipal.
5.4.- Dar seguimiento a los acuerdos del Republicano Ayuntamiento y ejecutar las acciones que le sean encomendadas.
5.5.- Coordinar y atender las relaciones políticas de la Administración Pública Municipal, con las diferentes entidades de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, así como las instituciones Privadas, partidos políticos, asociaciones religiosas, sindicatos y demás organizaciones sociales y coadyuvar en las relaciones públicas de la Administración Pública Municipal.
5.6.- Colaborar con otras dependencias municipales y con los miembros del Republicano Ayuntamiento en los procedimientos de hermanamientos con otras ciudades, así como promoverlos y difundirlos a nivel internacional, nacional y local;
5.7.- Promover la realización de estudios y proyectos tendientes a fortalecer los programas Municipales y la participación comunitaria, para mejorar la capacidad de gestión de las Dependencias, así como participar en los Comités, Consejos y demás instrumentos de coordinación de la Administración Pública Municipal, vinculados con la promoción de la modernización y mejoramiento continuo de la función pública.

Dirección de Protección Civil y Bomberos
6.1.- Promover e instrumentar una cultura de la Prevención y la Protección Civil entre la Población, de manera que se den a conocer los probables riesgos y las probables respuestas a Instrumentar.
6.2.- Vigilar de manera permanente y atender de inmediato, cualquier siniestro o contingencia Que pueda poner en riesgo parcial o total a la ciudad o a sus habitantes; y
6.3.- Establecer estrategias y medidas de alerta y prevención de fenómenos naturales, que Puedan causar un daño a la ciudad o a sus habitantes.

Unidad de Apoyo Para la Regularización de la Tenencia de la Tierra
7.1.- Formular una estrategia que fortalezca las acciones operativas de las dependencias y Entidades del sector público, que intervienen en la regularización de la tenencia de la tierra y su Incorporación al desarrollo económico y urbano del municipio.
7.2.- Contar con información detallada de toda posesión precaria o asentamiento irregular en Tierra urbana o rural a fin de incorporarla de manera legal, al desarrollo productivo y urbano en su Caso.
7.3.- Otorgar certeza jurídica a todas las formas de propiedad para evitar el rezago en las Soluciones a conflictos y controversias en el campo y la ciudad.
7.4.- Contar con una instancia o grupo de trabajo específico para que de manera coordinada, Transparente y expedita, coadyuve en la regularización de la tierra urbana y rural en el municipio.
7.5.- Garantizar las mejores condiciones de incorporación de la tierra al desarrollo productivo y Urbano del municipio.
7.6.- Pugnar por mejores condiciones de participación de los grupos demandantes de suelo legal compatibles con el desarrollo urbano.

Teniendo la Secretaría y sus diferentes Direcciones, las facultades y obligaciones que las leyes Federales, estatales, municipales, reglamentos, normas, manuales y demás disposiciones Administrativas les confieran.