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Secretaría del Ayuntamiento |
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Lic. Miguel Angel García Ahedo |
Secretario del Ayuntamiento |
| Directo:2633220 Ext.3220 |
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SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO
LIC. MIGUEL ANGEL GARCÍA AHEDO |
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DIRECTOR JURÍDICA
LIC. TRINIDAD RAMÍREZ PÉREZ |
DIRECTORA ARCHIVO MUNICIPAL
QUIMICA ALICIA DE LEÓN PEÑA |
DIRECTOR DE GOBIERNO
LIC. JUÁN TRIANA MÁRQUEZ |
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U. DE APOYO PARA LA REG. DE TENENCIA DE LA TIERRA
C.P. JOSE LUIS AMARO CARRIZALES |
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DIRECTOR DE PATRIMONIO MUNICIPAL
LIC. JOSÉ ANTONIO LAMARQUE NASAR |
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DIR. DE ENLACE CON LA S. DE REL. EXTERIORES
LIC. LITHA DEL CARMEN GARZA PEÑA
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DIR. DE PROTECCIÓN CIVIL Y BOMBEROS
ARTURO MALDONADO
RODRÍGUEZ
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| Funciones: |
DE LA SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
Artículo 17. La Secretaría del Ayuntamiento estará a cargo de un Secretario quien tendrá además las facultades y obligaciones que le señale el Código Municipal del Estado de Tamaulipas y Disposiciones jurídicas aplicables, las siguientes:
I.- Asistir a las sesiones del R. Ayuntamiento con voz informativa y formular las actas al terminar cada una de ellas en el libro respectivo.
II.- Proporcionar asesoría jurídica a todas las dependencias de la Administración Pública Municipal.
III.- Compilar los ordenamientos jurídicos vigentes del municipio y vigilar que se apliquen y cumplan.
IV.- Organizar y controlar el ejercicio de las funciones de la Junta Municipal de Reclutamiento.
V.- Organizar y controlar el ejercicio de las funciones de la Dirección de Patrimonio Municipal.
VI.- Organizar, dirigir y vigilar el ejercicio de las funciones de los jueces calificadores.
VII.- Armonizar las relaciones de la Presidencia Municipal con la comunidad en general y los organismos representativos.
VII.- Proponer al Ayuntamiento la actualización o reformas en su caso, de los reglamentos que
Rigen al municipio.
VIII.- Organizar y controlar la correspondencia oficial y el archivo municipal e histórico, vigilando que en este último se cumplan las disposiciones legales de orden federal, estatal y municipal.
IX.- Certificar todos los documentos oficiales expedidos por el R. Ayuntamiento, sin cuyo requisito no serán válidos.
X.- Dar a conocer a todas las dependencias del municipio los acuerdos del H. Cabildo.
XI.- Registrar y certificar las firmas de los titulares de las dependencias municipales. |
XII.- Coordinar y vigilar, por orden del Presidente Municipal, las delegaciones y colonias que existen en la ciudad.
XIII.- Firmar, junto con el Presidente Municipal, los nombramientos, licencias y remociones de los servidores públicos ratificados por el Ayuntamiento.
XIV.- Organizar, supervisar y controlar la Oficina Municipal de Relaciones Exteriores de acuerdo al convenio de coordinación celebrado con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
XV.- Autorizar con su firma las actas, acuerdos, documentos y demás disposiciones administrativas, que emanen del Ayuntamiento o del Presidente, sin cuyo requisito no serán validados.
XVI.- Las demás que señalen las leyes y reglamentos vigentes.
Para cumplir con estas disposiciones, la Secretaría contará con el apoyo de las siguientes direcciones y con aquellas que el Presidente Municipal estime convenientes, con las siguientes atribuciones. |
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Dirección Jurídica
1.1.- Apoyar al Municipio en todos aquellos actos de orden legal, defendiendo sus Intereses;
1.2.- Asesorar y apoyar jurídicamente al R. Ayuntamiento, a las Secretarías y a las Direcciones que lo soliciten;
1.3.- Cubrir las ausencias del Secretario del Ayuntamiento; e
1.4.- Intervenir en auxilio de los síndicos, en los juicios en que el R. Ayuntamiento o sus autoridades sean parte y apoyarlos en el desarrollo de sus labores.
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Dirección de Patrimonio Municipal
2.1.- Organizar y controlar el ejercicio de las funciones de las unidades administrativas encargadas del control del Patrimonio Municipal, y
2.2.- Coordinar la formulación, control y actualización del Inventario de los bienes patrimoniales del Gobierno Municipal.
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Dirección de Archivo Municipal
3.1.- Custodiar el archivo documental, así como coordinar la elaboración de la publicación y difusión de la Gaceta Oficial del Gobierno del Municipio de Reynosa, Tamaulipas;
3.2.- Implementar estrategias de control, administración y conservación de la información pública municipal; y
3.3.- Organizar y controlar la correspondencia oficial y el Archivo Municipal e histórico, vigilando que en este último se cumplan las disposiciones legales de orden Federal, Estatal y Municipal.
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Dirección de Enlace con la Secretaría de Relaciónes Exteriores
4.1.- Organizar, supervisar y controlar la Oficina Municipal de Relaciones Exteriores, de acuerdo al convenio de coordinación celebrado con la Secretaría de Relaciones Exteriores.
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Dirección de Gobierno
5.1.- Auxiliar a la Secretaría del R. Ayuntamiento en trámites de competencia federal.
5.2.- Apoyar las giras del Gobernador del Estado en el municipio.
5.3.- Atender a grupos en el programa línea directa y verificar el seguimiento correspondiente con las demás entidades de la Administración Pública Municipal.
5.4.- Dar seguimiento a los acuerdos del Republicano Ayuntamiento y ejecutar las acciones que le sean encomendadas.
5.5.- Coordinar y atender las relaciones políticas de la Administración Pública Municipal, con las diferentes entidades de los Gobiernos Federal, Estatal y Municipal, así como las instituciones Privadas, partidos políticos, asociaciones religiosas, sindicatos y demás organizaciones sociales y coadyuvar en las relaciones públicas de la Administración Pública Municipal.
5.6.- Colaborar con otras dependencias municipales y con los miembros del Republicano Ayuntamiento en los procedimientos de hermanamientos con otras ciudades, así como promoverlos y difundirlos a nivel internacional, nacional y local;
5.7.- Promover la realización de estudios y proyectos tendientes a fortalecer los programas Municipales y la participación comunitaria, para mejorar la capacidad de gestión de las Dependencias, así como participar en los Comités, Consejos y demás instrumentos de coordinación de la Administración Pública Municipal, vinculados con la promoción de la modernización y mejoramiento continuo de la función pública.
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Dirección de Protección Civil y Bomberos
6.1.- Promover e instrumentar una cultura de la Prevención y la Protección Civil entre la Población, de manera que se den a conocer los probables riesgos y las probables respuestas a Instrumentar.
6.2.- Vigilar de manera permanente y atender de inmediato, cualquier siniestro o contingencia Que pueda poner en riesgo parcial o total a la ciudad o a sus habitantes; y
6.3.- Establecer estrategias y medidas de alerta y prevención de fenómenos naturales, que Puedan causar un daño a la ciudad o a sus habitantes. |
Unidad de Apoyo Para la Regularización de la Tenencia de la Tierra
7.1.- Formular una estrategia que fortalezca las acciones operativas de las dependencias y Entidades del sector público, que intervienen en la regularización de la tenencia de la tierra y su Incorporación al desarrollo económico y urbano del municipio.
7.2.- Contar con información detallada de toda posesión precaria o asentamiento irregular en Tierra urbana o rural a fin de incorporarla de manera legal, al desarrollo productivo y urbano en su Caso.
7.3.- Otorgar certeza jurídica a todas las formas de propiedad para evitar el rezago en las Soluciones a conflictos y controversias en el campo y la ciudad.
7.4.- Contar con una instancia o grupo de trabajo específico para que de manera coordinada, Transparente y expedita, coadyuve en la regularización de la tierra urbana y rural en el municipio.
7.5.- Garantizar las mejores condiciones de incorporación de la tierra al desarrollo productivo y Urbano del municipio.
7.6.- Pugnar por mejores condiciones de participación de los grupos demandantes de suelo legal compatibles con el desarrollo urbano.
Teniendo la Secretaría y sus diferentes Direcciones, las facultades y obligaciones que las leyes Federales, estatales, municipales, reglamentos, normas, manuales y demás disposiciones Administrativas les confieran. |
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